FRANCISCO RUIZ
Gerente General
Fecha de última revisión:
18 de Agosto del 2026
POLÍTICA PREVENCIÓN DE CONSUMO DE ALCOHOL, SUSTANCIAS PSICOACTIVAS, TABACO Y OTRAS ADICCIONES
Versión: 5
18/08/2026
Documento controlado
GP PO 01
1.OBJETIVO
Establecer los lineamientos para la prevención, control y manejo del consumo de alcohol, tabaco, cigarrillos electrónicos, vapeadores, sustancias psicoactivas (SPA), medicamentos y cualquier otra sustancia que pueda afectar las condiciones físicas, mentales o la conducta de los trabajadores, con el fin de proteger la vida, la salud, la seguridad, el bienestar laboral y la productividad, previniendo accidentes de trabajo, incidentes, enfermedades laborales.
2.ALCANCE
La presente política aplica a todos los trabajadores, aprendices, practicantes, contratistas, subcontratistas, proveedores, visitantes y demás personas que desarrollen actividades dentro de las instalaciones de AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS ESPECIALIZADOS SA NIVEL 1, independientemente de su forma de contratación o vinculación.
3.MARCO NORMATIVO
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Código Sustantivo del Trabajo (CST)
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Artículo 60 (numeral 2): Prohíbe a los trabajadores presentarse a sus labores en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes.
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Artículo 62: Establece como justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo de manera unilateral la violación grave de las prohibiciones del reglamento interno o de la política de la empresa.
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Sentencia C-636 de 2016 (Corte Constitucional): Aclaró la aplicación del CST indicando que la prohibición y sanción disciplinaria aplican cuando el consumo afecte de manera directa el desempeño laboral o ponga en riesgo la seguridad del trabajador o de terceros.
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Decreto 1072 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo): Obliga a los empleadores a diseñar e implementar medidas de prevención de accidentes y enfermedades laborales, promoviendo estilos de vida y trabajo saludables.
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Resolución 0312 de 2019 (Estándares Mínimos del SG-SST): Establece la obligación de implementar programas de promoción y prevención frente al consumo de sustancias psicoactivas en el trabajo.
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Resolución 1075 de 1992 (Ministerio de Trabajo): Exige a los empleadores (públicos y privados) desarrollar campañas permanentes enfocadas en la prevención y el control de la farmacodependencia, el alcoholismo y el tabaquismo.
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Circular 0038 de 2010 (Ministerio de la Protección Social): Dicta directrices para promover espacios de trabajo 100% libres de humo de tabaco y de sustancias psicoactivas
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Ley 1335 de 2009 (Ley Antitabaco): Prohíbe de forma absoluta fumar o consumir derivados del tabaco en áreas cerradas de trabajo, oficinas, sucursales y vehículos de la empresa.
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Resolución 1956 de 2008 (Ministerio de la Protección Social): Establece las medidas de señalización de "Espacio Libre de Humo" y la prohibición de crear áreas de fumadores en sitios de trabajo cerrados.
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Ley 1566 de 2012: Reconoce el consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas como un asunto de salud pública y enfermedad, garantizando que el trabajador pueda acceder a tratamientos de salud e impulsando un enfoque preventivo (no puramente punitivo) por parte del empleador.
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Resolución 1843 de 2025 (Ministerio del Trabajo): Regula la práctica de pruebas de alcoholemia y toxicología en el ámbito laboral con fines estrictamente preventivos en el SG-SST. Establece que no se requiere consentimiento previo del trabajador en actividades de alto riesgo (conductores, operadores de maquinaria, personal de salud, trabajo en alturas, entre otros).
En AGENCIA DE ADUANAS SERVADE S.A NIVEL 1, comprometidos con preservar el estado de salud de nuestros trabajadores, contratistas y proveedores, se han identificado los efectos adversos en la salud y capacidad para desempeñarse de forma adecuada cuando se consume alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco y otras adicciones, creando riesgos que afectan la integridad, eficiencia y productividad laboral. Por esta razón y dando cumplimento a la normatividad nacional se ha diseñado una política de Prevención de consumo alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco y otras adicciones, con los siguientes objetivos:
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Lograr ambientes de trabajo libres de alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco y otras adicciones.
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Concientizar a todos los trabajadores y/o contratistas de los efectos nocivos, físicos, psicológicos y sociales que conllevan las adicciones.
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Promover los estilos de vida de trabajo saludable, mediante actividades de promoción y prevención, tendientes a eliminar el consumo de alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco y otras adicciones en los ambientes de trabajo.
4.PROHIBICIONES
Para el cumplimiento de esta política, AGENCIA DE ADUANAS SERVADE S.A NIVEL 1, ha formulado las siguientes directrices, las cuales son de obligatorio cumplimiento por las partes interesadas. Su incumplimiento se considera falta grave de las responsabilidades contraídas por el empleado, contratista y proveedor.
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Prohibir la posesión, consumo y venta de alcohol y/o sustancias psicoactivas en nuestras instalaciones, en las instalaciones de nuestros clientes o en general, mientras se está trabajando o representando a esta compañía.
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Prohibir la indebida utilización de medicamentos formulados que pueden deteriorar el nivel productivo, de concentración o salud, de nuestros colaboradores en la realización del trabajo.
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Prohibir el consumo de tabaco, alcohol o sustancias psicoactivas, en áreas de trabajo.
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Operar vehículos o herramientas bajo los efectos de alcohol, drogas o medicamentos que afecten la capacidad de respuesta.
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Prohibir presentarse a trabajar bajo el efecto del alcohol, sustancias psicoactivas y/o enervantes que creen dependencia. Esto constituye falta grave a los manuales de la empresa e implicara un compromiso de la empresa y del trabajador o trabajadores implicados, para subsanar, solucionar y evitar que dichas situaciones se vuelvan a presentar.
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Prohibir la participación en juegos de azar o tecnológicos que puedan afectar la convivencia laboral y la productividad.
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Prohibir el uso de redes sociales, a excepción de los cargos que para su función así lo requiera.
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Generar una participación activa, en los programas de sensibilización y capacitación que promuevan el cumplimiento de la presente política, por parte de los colaboradores.
5.RESPONSABILIDADES
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Cumplir integralmente la presente política.
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Participar en las actividades de promoción y prevención programadas por la empresa.
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Informar oportunamente situaciones que puedan representar riesgo para la seguridad y salud en el trabajo.
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Utilizar responsablemente los medicamentos formulados que puedan afectar su desempeño laboral e informar cuando exista alguna restricción médica relevante para la seguridad en el trabajo.
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Contribuir al mantenimiento de ambientes laborales seguros y saludables.
La política de prevención de consumo de alcohol, sustancias psicoactivas, tabaco y otras adicciones es compromiso de todos, incluyendo la responsabilidad de vigilar y propender por su seguimiento y control, para proteger la integridad de las personas, bienes y la imagen corporativa.
6.PRUEBAS DE ALCOHOLIMETRÍA Y DETECCIÓN DE SUSTANCIAS
Cuando la naturaleza del cargo implique riesgos para la seguridad propia, de terceros o de la organización, y conforme a la normatividad vigente, AGENCIA DE ADUANAS SERVADE S.A NIVEL 1 podrá realizar pruebas de alcoholimetría o detección de sustancias psicoactivas bajo criterios técnicos, objetivos, razonables y respetando la dignidad, confidencialidad y derechos fundamentales de los trabajadores.
Estas pruebas podrán realizarse en situaciones como:
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Exámenes de médicos ocupacionales de pre ingreso o periódico.
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Inicio de jornada Laboral.
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Investigación de accidentes o incidentes.
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Sospecha razonable de alteración de capacidades.
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Programas preventivos definidos por la organización.
Nota: Teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución 1843 de 2025, AGENCIA DE ADUANAS SERVADE S.A NIVEL 1 entiende que en caso de que las pruebas sean tomadas por personal diferente al talento humano de la salud, no tendrán validez jurídica (sanción o despido), sin embargo, se tomará como una alerta de prevención y la empresa solicitará al trabajador dirigirse a su aliado en exámenes médicos ocupacionales para corroborar la información.
Esta política será publicada y difundida a todo el personal, incluyendo a contratistas y subcontratistas, para obtener así su cooperación y participación.
Siguiendo el ejemplo manifestado y demostrado desde el compromiso gerencial de la empresa, esta política será revisada anualmente.